sábado, 26 de mayo de 2012

Apropiación de los hijos a la luz de la realidad actual- Por Lic. Mariana Merini


A la luz de los cambios sociales que se han generado tan vertiginosamente y que demandan a cada uno una serie de elaboraciones respecto de los quiebres producidos en función de los llamados valores tradicionales, es que me gustaría detenerme en lo que respecta a un tema que afecta a millones de niños a nivel mundial, y es su apropiación por parte de algun progenitor, que sin duda constituye un atroz delito y produce graves impactos en la integridad psicofísica de los niños.
Hace tiempo, ya en el año 2000 o al menos desde allí parte mi conocimiento al respecto; se hablaba de auge de las culturas violentas, en particular lo que conciierne a las dinámicas familiares y sociales. y como los niños en su natural indefensión ( pues son necesariamente dependientes en todo sentido y más emocionalmente hablando) son víctimas de los mas variados abusos. En gran parte del mundo se observa una necesidad de protegerlos y entonces conocemos sus Derechos Universalmente Declarados pero que no se cumplen. La apropiación, en el caso concreto de alguno de los progenitores, sigue siendo, un tema todavía desestimado y donde no hay clara concienda de su dimensión y los efctos que produce, en la familia toda, y en el niño en particular.
Son las personas mas significativas y que están en contacto con el niño que formarán parte de su " entorno familiar" y con esto estoy haciendo referencia a un concepto mas amplio de familia que no se reduce a la relación de consanguinidad.
en términos accesibles, al comienzo de la vida, la relación madre-bebé es fundante para la estructuración del aparato psíquico, y a esto se llama función materna. Aunque el niño parezca incapaz de tener contacto con su medio, distingue la proximidad de su madre y esto es lo que le permite enfrentar con confianza el medio que lo rodea. La madre a través del contacto emocional, podrá ejercer una traducción de signos y señales que va emitiendo el bebé, y en condiciones esperables, la madre se halla capacitada para entender ese idioma, para significarlo. Ese niño , entonces, comienza a conocer su cuerpo y el mundo que lo rodea en un proceso de humanización, subjetivación. Para que la madre pueda cumplir eficazmente esa función, necesita estar contenida sostenida y apoyada por el padre, siendo esta su principal tarea al menos en los primeros años de vida del niño ( y por supuesto tiene que haber una madre que habilite y permita la función paterna).
Respecto de la capacidad del padre de brindar amor, dialogar y cuidar a los hijos, se torna muy importante y para el desarrollo del níño. La función paterna, si bien presente desde los inicios, es significativa para sentar las bases de la sidentificaciones, incluyendo las sexuales, cimientos fundamentales para la estructuración psiquica. La función paterna como tal ( y no sólo como presencia real) empieza a cobrar protagonismo con la función de corte en la unión simbiótica madre-hijo. Las dinámicas familiares, como suele decirse, son un mundo, y en circunstancias esperables, deberían producir un cierto ordenamiento y sostener simultáneamente la ley de prohibición del incesto. Pero actualmente se asiste a un estado distinto de cosas, donde la dinámica familiar, a veces en forma inadvertida, se encuentran invertidos los roles, desatendidos alguno de ellos o los dos, apropiados autoritariamente las dos funciones por un solo progenitor ( cabe diferenciar la progenitura de la paternidad, de quien ejerce la función de tal), con las consecuencias diversas en los hijos. Este punto y ya entrando en nuestro 2010, en Argentina, me pareció nodal para repensar estas dinámicas que aparecen y que muestran formas de organizaciones familiares distintas pero ya existentes,y que han generado y seguirán generando debates, más si no se orienta a nivel FUNCIONES, sin mencionar los miedos lógicos, los prejuicios, que no son pocos y los valores religiosos tan arraigados. Pero contienuando con esta situación de apropiación,, la misma, ejercida por alguno de los progenitores y como ya fuera mencionado, genera no menos consecuencias en los niños. Estos niños son separados de uno de los progenitores en forma absoluta y en general en contra de su voluntad ( ¿ Cuál de los Derechos del niño estamos considerando aqui?) y del exluido.Implica un acto de violencia donde prima la Ley del más fuerte...¿ poderoso?
La sustracción de hijos por alguno de los progenitores es un hecho muy frecuente.Aparece un desconocimiento de la importancia de la coparticipación dinámica en la pareja y simultáneamente, el sentimiento de ser dueño de los hijos ( salvo excepciones donde alguno de los progenitores afecte comprobadamente la integridad psicofísica y emocional del niño en cuyo caso debe realizarse un cuidadosa evaluación del caso por caso, evitando las analogías de los mismos). Hay madres que por desaveniencias afectivas deciden excluir de la paternidad de sus hijos, al conyuge o a sus anteriores parejas, con todas las variantes y extremos imaginables para estos casos, pero que en definitiva no hacen mas que negar la posibilidad de un padre para el niño y por supuesto esto es claramente violatorio del Derecho a la identidad del mismo, aún cuando ese niño comienza a preguntar por su origen y esto le es negado.
En otras situaciones es el padre el que se apropia de sus hijos y se han dado situaciones de secuestro o salida del país, de suma violencia.
Considero que es necesario el accionar de la justicia en cualquier lugar del mundo, oponiendose a estos actos, apoyados tanto en los fundamentos que que ya aportó el Psicoanáliisis freudiano y los Derechos esenciales, en este caso de los niños, principalmente.
Cuando una pareja se divorcia, esta situación no debería por si misma generar la disolución o desintegración familiar en el sentido de la posibilidad de adquirir una organización diferente, en donde se puedan seguir desempeñando las funciones maternas y paternas. El trabajo interdisciplinario de jueces, psicólogos, abogados y psiquiatras competentes todos, permitiría alcanzar espacios de mediación donde preferiblemente todos los integrantes de la familia afectada, sean asistidos por la ayuda que puede ofrecer la psicología, y sin duda el psicoanálisis en particular, tanto individual como familiar. El respaldo legal a esta indicación operaría sin más como un verdadero " acto psicoanalítico". La posibilidad de la palabra, a través de la cual pueda accederse a profundidades reflexivas, interpretaciones y construcciones efectivas en vias de restituir la convivencia entre madre/padre y los hijos, fijar visitas semanales y todos los resguardos por parte de autoridades judiciales para evitar la reicidencia del delito...pensar herramientas legales y psicoanalíticas, entre otras seguramente, es poder abrir nuevos caminos en el abordaje de familias en situaciones que generen disfunciones importantes.
Y para finalizar, recordemos las palabras de Khalil Gibran
"Tus hijos no son tus hijos son hijos e hijas de la vida deseosa de si misma. No vienen de ti, sino a través de ti y aunque estén contigo no te pertenecen.
Puedes darles tu amor, pero no tus pensamientos, pues, ellos tienen sus propios pensamientos. Puedes abrigar sus cuerpos, pero no sus almas, porque ellas, viven en la casa del mañana, que no puedes visitar ni siquiera en sueños.
Puedes esforzarte en ser como ellos, pero no procures hacerlos semejantes a ti porque la vida no retrocede, ni se detiene en el ayer.
Tú eres el arco del cual, tus hijos como flechas vivas son lanzados. Deja que la inclinación en tu mano de arquero sea para la felicidad"...




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